12-08-2009, 12:28 PM
(12-07-2009, 02:43 PM)fortis24 escribió: Sección 3.- Amenaza o Asecho a través de Medios Electrónicos
"Toda persona que a través de la utilización de medios electrónicos o la red internet amenace o aseche a otra, incurrirá en delito grave de cuarto grado, y será sancionado con pena de reclusión que no excederá seis (6) meses o multa que no excederá de cinco mil (5,000) dólares o ambas penas."
Aseche?
Y eso es fuente oficial? -_-