07-21-2015, 11:05 AM
No es tan complicado. Necesitais principalmente 4 documentos:
- Certificado de nacimiento que se recoge en el registro donde nacísteis (duh)
- Certificado de bautismo, en la parroquia donde os bautizasteis (duhx2)
- Fe de soltería, que se puede recoger en el registro civil de donde estés empadronado.
- Cursillos prematrimoniales, que se realizan en la parroquia correspondiente a donde vivís (aunque se puede realizar en otra)
Esos 4 documentos forman el Expediente matrimonial.
La cosa puede complicarse si por ejemplo uno de los dos, o los dos, os bautizasteis en una diócesis distinta a la que os casáis, ya que entonces es necesario que la partida de bautismo esté "legalizada" (simplemente es un sello del Arzobispado que permite realizar el matrimonio en otra provincia eclesiástica), o si entregáis la documentación en una parroquia distinta a la correspondiente (ya que al entregar el expediente, durante un mes se colocan en la puerta de la iglesia las Amonestaciones, que es un papel donde la gente debe escribir si está en contra del casamiento por algún motivo... Sí, lo de que "Si alguien tiene algo en contra..." sólo ocurre en las películas) por lo que necesitaríais un permiso para evitar dificultades de competencias.
El expediente está 4 semanas en la parroquia donde lo entregáis junto a las amonestaciones, y entonces ellos se encargan de mandarlo al arzobispado donde os casáis, y de allí a la iglesia donde se celebra.
- Certificado de nacimiento que se recoge en el registro donde nacísteis (duh)
- Certificado de bautismo, en la parroquia donde os bautizasteis (duhx2)
- Fe de soltería, que se puede recoger en el registro civil de donde estés empadronado.
- Cursillos prematrimoniales, que se realizan en la parroquia correspondiente a donde vivís (aunque se puede realizar en otra)
Esos 4 documentos forman el Expediente matrimonial.
La cosa puede complicarse si por ejemplo uno de los dos, o los dos, os bautizasteis en una diócesis distinta a la que os casáis, ya que entonces es necesario que la partida de bautismo esté "legalizada" (simplemente es un sello del Arzobispado que permite realizar el matrimonio en otra provincia eclesiástica), o si entregáis la documentación en una parroquia distinta a la correspondiente (ya que al entregar el expediente, durante un mes se colocan en la puerta de la iglesia las Amonestaciones, que es un papel donde la gente debe escribir si está en contra del casamiento por algún motivo... Sí, lo de que "Si alguien tiene algo en contra..." sólo ocurre en las películas) por lo que necesitaríais un permiso para evitar dificultades de competencias.
El expediente está 4 semanas en la parroquia donde lo entregáis junto a las amonestaciones, y entonces ellos se encargan de mandarlo al arzobispado donde os casáis, y de allí a la iglesia donde se celebra.
Debido al complot judeomasónico para no obtener los logros de AU, pues me los creo yo más feliz que una perdiz.